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El Tribunal Supremo ha resuelto en favor de los usuarios y en contra de la banca uno de los temas más recurrentes de los últimos ... años por su impacto social, económico y penal: las estafas a través de internet, que suponen ya dos de cada cinco delitos registrados. La Sala de lo Civil ha sentenciado que las entidades financieras deben responder de los fraudes que se hayan llevado a cabo a través de medios digitales siempre que no puedan demostrar que el cliente actuó de forma negligente o bien que no informó inmediatamente de movimientos extraños.
La sentencia del tribunal de la sección primera de lo civil, con ponencia del magistrado Manuel Almenar, llega a esta conclusión tras desestimar el recurso de casación presentado por Ibercaja Banco contra otro fallo en el mismo sentido dictado en 2022 por la Audiencia Provincial de Zaragoza. En este caso, el titular de una cuenta en la entidad sufrió varias retiradas de dinero en efectivo, alcanzando un importe de 83.692 euros. Algunas de ellas se realizaron de madrugada y sin que propietario las autorizase.
Pero antes el demandante recibió el primer aviso de que alguien había intentado entrar en su correo electrónico de Google y notificaciones de operaciones extrañas en su cuenta bancaria a través de mensajes SMS para materializar transferencias que no había ordenado, de los que sí avisó al banco. Lo siguiente, un mes después, fue levantarse de la cama y encontrar unos cargos en su cuenta y la citada cantidad de 83.692 euros en 'bizums'. El dinero salió de su banco y llegó a cuentas de «delincuentes conocidos por la Policía», realizado gracias a una tarjeta SIM de su esposa duplicada en Murcia. La víctima vivía en Zaragoza.
Tras el aviso, Ibercaja logró recuperar 27.000 euros, pero se negó a hacerse cargo del resto de los fondos sustraídos. Ahora, deberá reintegrar a un cliente los 56.000 euros restantes extraídos de su cuenta mediante la técnica del SIM Swapping, un sistema para suplantar nuestra identidad robando el número telefónico.
Con esta sentencia, el alto tribunal recuerda que la normativa de la Unión Europea establece que el usuario solo debe responder si ha cometido una negligencia grave o si ha incumplido sus obligaciones. Pero en el caso que el cliente no haya cometido ningún incumplimiento ni fraude, la responsabilidad de probar una posible negligencia grave recae sobre el banco. La resolución pionera también destaca el hecho de que la entidad no considerase anormal que un cliente hiciese operaciones de miles de euros a altas horas de la madrugada, incumpliendo su deber de monitorear posibles actividades irregulares.
Hasta ahora, los bancos podían escudarse en supuestas malas prácticas llevadas a cabo por el usuario, como haber introducido sus datos en webs o enlaces maliciosos. Tras esta sentencia, son responsables de toda operación no autorizada si el cliente ha informado convenientemente.
Las estafas por llamada y SMS son una plaga. Tanto que el Ministerio de Transformación Digital lleva más de un año intentando ponerles freno con la restricción de las llamadas comerciales, que llegó en febrero de 2025 bajo orden ministerial, pero esta es solo una parte minúscula en la tarta de las ciberestafas, cuyas tácticas cambian y evolucionan para seguir teniendo una afectación y un lucro directo para los delincuentes.
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