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La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a tres años y medio de prisión al hombre que en octubre de 2018 intentó causar una ... explosión en el Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto, en el nordeste de la provincia de Segovia, con un artefacto explosivo artesanal. Además, también quemó dos máquinas de dos residentes en la zona con las que se estaban realizando tareas de reforestación en las inmediaciones de la estación de esquí de La Pinilla. Por todo ello, la Sala del tribunal entiende que es el autor de un delito de estragos en grado de tentativa, por el que le impone una pena de dos años y medio de cárcel, así como de otro delito continuado de daños, por el que se la añade otros doce meses de prisión. En la condena impuesta se tienen en cuenta la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal de eximente incompleta por alteración o anomalía psíquica.
La sentencia considera como hechos probados que el hombre, de 68 años en octubre de 2018, entró entre los días 20 y 22 de aquel mes en el Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto tras forzar la puerta principal. Una vez dentro, subió las escaleras y colocó una bombona de butano llena en el pasillo de la primera planta, dejando abierto el regulador de gas con una mecha desde la bombona por la barandilla hasta la planta baja del edificio. El hombre prendió la mecha, «poniendo en peligro personas y bienes».
Pese al intento de hacer volar el edificio, la bombona no explotó. La mecha se apagó por razones desconocidas, aunque se apunta que el regulador de gas tiene una válvula de seguridad de exceso de caudal que detecta una salida inadecuada de gas que entró en funcionamiento y cortó la salida del mismo. No obstante, se provocaron daños que fueron valorados en 10.000 euros.
Antes del mediodía del 22 de octubre, el hombre mandó un mensaje a uno de los denunciantes y perjudicados en el que reconocía haber cogido las máquinas industriales de dos vecinos. «Las he quemado las dos esta madrugada. Os habéis estado burlando y mintiéndome hasta que habéis conseguido hundirme por completo. Entre vosotros, el Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto, los ecologistas y Medio Ambiente habéis logrado que tome una decisión», declaró en su mensaje, en el que también muestra su intención de suicidarse con la ingesta de abundantes pastillas para dormir. Además, en ese mismo mensaje reconoce haber dejado «un regalito» en el Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto «que espero que haya funcionado». «Si es así lo sabréis por la prensa», añadió.
Según la sentencia, el condenado , durante la madrugada del día 21 al 22, quemó una máquina industrial propiedad de un vecino, así como otra máquina especial propiedad de otro conocido. Ambas estaban estacionadas en Cerezo de Arriba.
Tras los hechos, la Guardia Civil de Segovia activó un dispositivo urgente de búsqueda coordinado con el Cuerpo Nacional de Policía de Astorga (León), ya que en este lugar tenía una de sus residencias el autor de los hechos. Al mismo tiempo se establecieron múltiples contactos telefónicos y telemáticos con el entorno familiar y amigos dando como resultado la localización del mismo en Astorga, donde fue detenido. En la inspección de su vehículo fueron intervenidas dos garrafas de gasolina y una de cloroformo. Tras pasar a disposición judicial, se ordenó su ingreso en la Unidad de Psiquiatría del Hospital de Segovia al quedar acreditada la tentativa autolítica.
En la sentencia de la Audiencia Provincial se subraya que no existe controversia sobre los hechos, pero sí por las penas que se solicitaban. El Ministerio Fiscal solicitaba siete años de prisión, aún teniendo en cuenta el eximente por alteración o anomalía psíquica. Las acusaciones particulares, ejercidas por los propietarios de las máquinas, no observan ese eximente, por lo que solicitaban una condena de quince años de cárcel. El Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto, por el intento de volar la Casa Consistorial, pedía cinco años y medio de cárcel al entender que sí existe el eximente por alteración o anomalía psíquica. Por último, la defensa del hombre considera los hechos dos delitos de daños, por los que pedía la absolución.
Finalmente, la Audiencia Provincial de Segovia considera los hechos constitutivos de dos delitos continuado de daños y de estragos en grado de tentativa, penados con entre dos y tres años y entre diez y veinte años respectivamente. Sin embargo, sí aprecia eximente incompleta en ambos delitos, por lo que rebaja de su pena de prisión. Además, también considera que concurre la atenuante de dilaciones indebidas durante el proceso, tal y como alegó la defensa, ya que la instrucción se tramitó indebidamente y el tiempo transcurrido era «excesivo y no imputable» al acusado.
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